Baltasar Garzón: luces y sombras de un juez estrella

«Baltasar Garzón se licenció en Derecho en 1979 y que sólo dos años después ya había aprobado las oposiciones para juez, bastante duras en España.»


 

A la hora de hacer política y gobernarse, el mundo occidental sigue la estela marcada por las ideas de la Revolución Francesa. En la convulsa época del Despotismo Ilustrado, los librepensadores franceses cogen la idea anglosajona del sistema de controles y contrapesos (Checks and balances Sistem) y la desarrollan en lo que hoy conocemos como separación de poderes o división de poderes.

La finalidad de este sistema de organización de la cosa pública es la ordenación y distribución de las tres principales funciones del Estado (gobernar, legislar e impartir justicia), mediante la cual la titularidad de cada una de ellas se confía a un órgano distinto. Se pretende así prevenir que una rama del poder se convierta en suprema y controle a las demás, por lo que autolimita el poder de unos sobre otros.

Es en este contexto en el que debemos analizar la figura del mundialmente conocido juez español Baltasar Garzón. Como breve apunte biográfico, diré que se licenció en Derecho en 1979 y que sólo dos años después ya había aprobado las oposiciones para juez, bastante duras en España. En otros dos años más (1983) ya era magistrado (eslabón superior) y en 1988, apenas 9 años después de aprobar la carrera, ya era Magistrado del Juzgado Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional de España, todo un hito para un juez, una carrera fulgurante que le auguraba un protagonismo especial por las cuestiones que se debaten en dicha Audiencia.

Así, el Juez Garzón ha sido el instructor de importantes operaciones contra el narcotráfico en España, desmantelando con las operaciones “Nécora” y “Pitón” a los clanes Oubiña y Charlines, que controlaban la entrada de cocaína en Europa. Además, ha estado muy presente en significativas investigaciones de la banda terrorista ETA y su entorno, llegando a clausurar empresas de comunicación que daban voz a dicha organización y ha suspender las operaciones del partido político Batasuna, considerado el portavoz de los terroristas.

Internacionalmente, se le ha conocido por las causas contra Augusto Pinoche y las dictaduras de Chile y Argentina, abriendo la posibilidad de que se pueda investigar cualquier delito de lesa humanidad en el Estado Español, entendiendo que los crímenes contra la humanidad no prescriben. Y es a raíz de esa circunstancia donde el juez Garzón ha tenido su brillo y su ocaso.

No se nos debe escapar que siendo ya un alto miembro del Poder Judicial, D. Baltasar Garzón decidió coquetear con el Poder Ejecutivo y fue elegido diputado por el PSOE al Congreso de los Diputados en 1993, como segundo de lista. Fue nombrado Delegado del Gobierno en el Plan Nacional sobre Drogas, con rango de Secretario de Estado, aunque muchos han apuntado que sus intereses estaban por encima de una simple secretaría estatal y que aspiraba a ser Ministro de Justicia.

Nos encontramos aquí con la primera ruptura del sistema: un juez de carrera decide entrar en el Ejecutivo y gobernar. Quizá por no ser un político al uso y no estar al tanto de los tejemanejes que se observan en la política, dejó hastiado ese mundo gubernamental en mayo de 1994, volviendo a la Audiencia Nacional.

En el marco de las investigaciones contra el terrorismo de Estado del caso GAL (Grupos Antiterroristas de Liberación), Baltasar Garzón investigó a antiguos políticos compañeros de su etapa gubernamental: José Barrionuevo y Rafael Vera, llegando a ser condenados por delito de secuestro y malversación de caudales públicos.  Aunque el Tribunal Europeo de Derechos Humanos rechazó los recursos de dichos condenados contra el Estado Español por vulneración de la presunción de inocencia, dicho tribunal determinó que la imparcialidad del Juez Central de Instrucción nº 5 de la Audiencia Nacional podría estar en entredicho por las relaciones personales conflictivas y la enemistad manifiesta entre Garzón y sus antiguos compañeros.

Nos encontramos, pues ante una ruptura del orden establecido con la separación de poderes, puesto que quien ha compartido gobierno con imputados por delitos debería haberse abstenido de la investigación de sus crímenes.

Con el paso de los años y con la investigación de causas internacionales (Pinochet) Garzón va tomando relevancia internacional y se va haciendo fuerte en la defensa de los Derechos Humanos. Mientras, otras investigaciones no menos importantes van cayendo en la desidia y en el olvido, llegando a tener graves errores procesales que conllevan la supresión de investigaciones por no haberse respetado los derechos mínimos.

En este orden de cosas, se presenta la querella contra Garzón por la  causa contra los crímenes del Franquismo. Las denuncias presentadas solicitan a la Justicia que investiga las desapariciones de personas durante la Guerra Civil y años posteriores a ella. Sin embargo, el gran escollo de la Audiencia Nacional está en saber si es competente para investigar tales crímenes o no y es ahí dónde Baltasar Garzón, no sabemos si movido por una idea de Justicia superior o por un deseo de ser conocido, incurre en el grave error procesal de no declararse incompetente, aún cuando sabía, según la normativa española, que los tribunales competentes eran los territoriales del domicilio de los desaparecidos y que la Ley de Amnistía de 1977 recogía como comprendidos dentro de ella los delitos cometidos por los funcionarios y agentes del orden público contra el ejercicio de los derechos de las personas (artº 2.1.6). Por tanto, la Audiencia Nacional no es competente para investigar dichos crímenes porque hay una Ley de Amnistía y porque, en caso de no existir, procesalmente serían competentes los juzgados del domicilio de los desaparecidos. Por ello, Baltasar Garzón se declara dos años después de iniciada la investigación incompetente.

Y de ese germen nace la primera querella por prevaricación ante el Tribunal Supremo, presentada por las organizaciones ultraderechistas Manos Limpias y Falange Española de las JONS. Sobre la base de esta querella, Garzón es suspendido cautelarmente de sus funciones. El delito de prevaricación consiste en la acción realizada por juez o magistrado que, a sabiendas de su injusticia, dicta una sentencia o resolución judicial injusta (artº 446 Código Penal Español).

Paralelamente a estos hechos, se va descubriendo en España el llamado caso Gürtel, investigación contra la corrupción política con amplias ramificaciones por todo el país.

Dicha investigación recae en el Juzgado Central nº 5 de la Audiencia Nacional y Garzón, al frente del mismo, decide autorizar las escuchas a los abogados de los detenidos de la trama Gürtel cuando éstos se encuentran en prisión con sus defendidos. Aunque Garzón se declara incompetente y pasa el testigo a los juzgados territoriales, las escuchas ya se han practicado. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid las anuló por considerarlas contrarias a la Constitución  y, sobre esa base, uno de los investigados e implicados en dichas escuchas presenta querella ante el Tribunal Supremo por prevariación y vulneración de la intimidad.

Se destaca por el Tribunal Supremo que las escuchas ordenadas ser realizan sin motivación alguna, ante la mera posibilidad de que los letrados fueran enlaces de la trama de corrupción con el exterior y sin concretar nombres de abogados concretos.

Llegamos así al año 2011, en el que se abren dos juicios orales contra Garzón por ambas querellas. La primera en resolverse es la relativa a las escuchas de la trama Gürtel y Baltasar Garzón, anterior juez estrella, gran investigador de causas de gran notoriedad pública, es condenado, en una sentencia durísima, por delito de prevaricación, a 11 años de inhabilitación para el ejercicio de su profesión pública. La segunda en resolverse es más magnánima y lo absuelve del delito de prevaricación. Sin embargo, la grave condena de Baltasar Garzón conlleva que el 23 de febrero de 2012 se le expulse de la carrera judicial.

Lejos han quedado ya sus investigaciones con las que los periódicos copaban con los titulares de prensa sus portadas, con las que las televisiones abrían sus más importantes noticiarios. Quedan ahora sólo las luces y sombras de un juez que tomó una serie de decisiones contrarias al Derecho Español y, por ellas, se ha visto relegado fuera de la que debería haber sido una gran carrera.

Como conclusión final quiero daros mi opinión como jurista, que se desdobla en dos. En primer lugar, respecto a la investigación de los crímenes del Franquismo diré que ninguna Justicia superior avala el hecho de que un juez pueda tardar dos años en declararse competente o no para investigar un delito de lesa humanidad. Primero, por las expectativas que se crean en los denunciantes y, segundo, por las acciones que se llevan a cabo mientras tanto, que dañan la seguridad jurídica de un país. En segundo lugar, respecto a las escuchas ilegales de conversaciones de abogados-imputados en la trama Gürtel creo que el derecho de defensa es uno de los más sacrosantos derechos que podemos defender los abogados en un país democrático. Todo el mundo tiene derecho a un abogado, a una defensa justa, independientemente del delito cometido. En España, precisamente durante la Dictadura Franquista, muchos detenidos no tenían derecho a un abogado, a un juicio justo. Ahora, en democracia, no podemos alterar ese delicado equilibrio que permite que todo ciudadano tenga derecho a una tutela judicial efectiva, a un juicio justo, a una investigación proporcionada. Si quebramos ese principio, nos convertiremos en perro guardián, en juez y parte y volveremos a tiempos en los que la fuerza se imponía a la razón.~